Por Lowesky Taveras
Montecristi, R.D.-Miembros
de la Policía Nacional (PN) del destacamento de Montecristi, realizan
patrullaje en los sectores para dar cumplimiento al decreto emitido por el
presidente Luis Abinader, y haciendo cumplir las medidas preventivas para
evitar la propagación del COVID-19.
Los miembros de
la Policía Nacional que están recorriendo las calles están
garantizando el orden y verificando que no estén cometiendo ningún acto de corrupción
ilícito y supervisando que las personas que están circulando las calles estén debidamente
identificado según establece el decreto de las personas con excepciones y a la
vez para que los demás ciudadanos se
queden en sus casas y cumplan con el toque de queda dispuesto por el gobierno.
El toque de queda de hoy sábado 3 de enero inicio desde la 12:00
de la mañana en el que está prohibido el tránsito y la circulación de personas
y vehículos que no tenga el permiso como los establece del decreto 698-20, en
su artículo 4, establece excepciones y, en consecuencia, se permitirá que durante los respectivos horarios
de toque de queda circulen las siguientes personas:
-Personas dedicadas a los servicios de salud,
tales como: médicos, enfermeros, bioanalistas, personal paramédico y personal
farmacéutico.
-Personas con alguna emergencia médica que
necesiten dirigirse a algún centro de salud o farmacia.
-Personas dedicadas a labores de seguridad privada
debidamente identificadas.
-Miembros de la prensa y demás medios de
comunicación debidamente acreditados.
-Operadores de vehículos y técnicos de
empresas e instituciones prestadoras de servicios de energía, agua,
telecomunicaciones y recogida de desechos sólidos debidamente identificados,
exclusivamente durante el ejercicio de sus funciones laborales.
-Operadores de vehículos dedicados a la
distribución urbana e interurbana de mercancías, insumos y combustible
debidamente identificados, exclusivamente durante el ejercicio de sus funciones
laborales.
-Personas que laboren en la industria y el
comercio de alimentos y productos médicos y farmacéuticos y estén en tránsito
hacia o desde sus lugares de trabajo, siempre que porten identificación de una
empresa autorizada.
-Pasajeros internacionales y operadores de
vehículos particulares o comerciales que estén trasladando a estos, así como
empleados del sector de transporte marítimo y aéreo debidamente identificados,
en tránsito hacia o desde puertos y aeropuertos.
-Empleados de empresas que brinden servicios
funerarios, exclusivamente durante el ejercicio de sus funciones laborales.
-Empleados o contratistas de los sectores
de hotelería, minería y zonas francas, exclusivamente durante el ejercicio de
sus funciones laborales.
-Empleados o contratistas de restaurantes que
brinden servicios a domicilio de alimentos cocidos, los cuales podrán circular
hasta las 11:00 p.m., exclusivamente durante el ejercicio de sus funciones laborales.
-Empleados y vehículos dedicados al transporte
y distribución de alimentos, mercancías e insumos, tanto urbano como
interurbano, del Plan Social de la Presidencia, debidamente identificados.
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